Cuatro varones, identificados como Rubén Chauca Puma, Daniel Chauca Puma, Erasmo Neyra Martínez y Brayan Espinoza Kaira, fueron sentenciados a cinco años de pena privativa de libertad suspendida tras transportar explosivos, mientras circulaban por el kilómetro 711 de la carretera Panamericana Sur.
El hecho ocurrió el 6 de marzo, cuando la Policía interceptó la camioneta de placa V9Q-938, conducida por los imputados. Al revisar la tolva del vehículo, los efectivos hallaron cartuchos de dinamita, fulminantes y mecha, además de herramientas. Seguidamente, procedieron a detener a todos los ocupantes.
La fiscal provincial Marco Camacho Ccora dispuso la incautación y el lacrado del material explosivo, así como la elaboración de un informe técnico por la unidad especializada de la policía, y la declaración de los agentes intervinientes.
Esto permitió sustentar la acusación por el delito de peligro común en la modalidad de fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos y residuos peligrosos.
Según el artículo 279 del Código Penal del Perú señala que si un individuo, sin estar debidamente autorizado, fabrica, ensambla, modifica, almacena, suministra, comercializa, ofrece o tiene en su poder materiales explosivos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años.
Ante las evidencias presentadas, los cuatro imputados optaron por acogerse a la terminación anticipada y aceptaron su sentencia.
El juzgado impuso una pena de cinco años de prisión privativa de libertad suspendida por el plazo de tres años, acompañada de reglas de conducta estrictas cuya violación puede revocar la suspensión. Además, cada uno pagará S/2000 como reparación civil.
La sentencia fue lograda por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Caravelí.