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Gobierno promulga ley que permite nombrar docentes sin maestría en instituciones públicas

Nueva norma modifica requisitos para el ingreso a la Carrera Pública Docente y otorga un plazo de cinco años para obtener el grado de maestro en institutos y escuelas de educación superior

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DIARIO VIRAL

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El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 32584, una norma que permitirá el nombramiento extraordinario de docentes contratados en institutos y escuelas públicas de educación superior sin necesidad de contar previamente con el grado académico de maestría. 

La medida modifica la Ley N.° 32086 y alcanza a profesores de institutos tecnológicos, pedagógicos, escuelas de música, arte y folclore, quienes ahora podrán acceder al nombramiento siempre que cumplan los requisitos mínimos establecidos para la primera categoría de la Carrera Pública Magisterial.

Con la nueva legislación, el grado de maestro deja de ser una condición obligatoria antes del nombramiento y pasa a convertirse en una exigencia posterior. Según la norma, los docentes tendrán un plazo máximo de cinco años para acreditar la obtención de la maestría desde la fecha de su designación. 

En caso de incumplimiento, la ley establece el término de la relación laboral. Esta disposición busca facilitar el acceso a la estabilidad laboral de miles de profesores que actualmente laboran bajo modalidad de contrato en instituciones públicas de educación superior.

La ley también incorpora beneficios vinculados al reconocimiento del tiempo de servicio acumulado por los docentes contratados en el Estado. 

Dicho periodo será considerado para la recategorización dentro de la Carrera Pública Docente, así como para el cálculo de beneficios como la asignación por tiempo de servicios al cumplir 25 y 30 años de trabajo y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), equivalente al 100 % de la Remuneración Íntegra Mensual por cada año laborado. 

Además, el proceso de recategorización se realizará de manera gradual y dependerá de la disponibilidad presupuestal y de plazas vacantes autorizadas.

El Ejecutivo precisó que las disposiciones reglamentarias deberán aprobarse en un plazo máximo de 60 días calendario. Estas normas complementarias estarán a cargo del Ministerio de Educación e incluirán los criterios de recategorización, los mecanismos de verificación de requisitos y los lineamientos para la implementación progresiva de la ley. 

La medida ha generado expectativa entre docentes contratados a nivel nacional, quienes durante años demandaron cambios en las condiciones de acceso al nombramiento y reconocimiento de sus derechos laborales.

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Periodista en Diario Viral. Comprometidos con la verdad y la información de Arequipa.

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