Un nuevo debate político y judicial ha estallado en el país tras el fallo del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima que otorgó la pensión vitalicia a Pedro Castillo. El beneficio, que asciende a más de 15 mil soles mensuales, había sido negado por el Congreso al considerar que el exmandatario estaba acusado constitucionalmente tras su intento de golpe de Estado en diciembre de 2022.
La raíz del conflicto está en la Ley N.° 26519, que desde 1995 reconoce este derecho a los expresidentes elegidos por voto popular, aunque suspende el pago si existen acusaciones vigentes. Sin embargo, esta norma fue reinterpretada en 2024, cuando el Congreso aprobó restituir la pensión de Alberto Fujimori, pese a sus condenas por violaciones a los derechos humanos y corrupción, invocando la presunción de inocencia.
Esa decisión sentó un precedente que hoy favorece a otros exmandatarios. En su resolución, el juez argumentó que negar el beneficio a Castillo sería un trato desigual frente a Fujimori, al aplicarse la misma ley bajo criterios distintos. Así, el exmandatario logró su pensión no por demostrar inocencia, sino por una cuestión de igualdad ante la ley.
La controversia va más allá del caso de Castillo. El fallo ha reabierto un debate ético y legal sobre los privilegios de quienes han ocupado el sillón presidencial, incluso por periodos breves o interinos. La ambigüedad en la definición de “expresidente constitucional” deja abierta la posibilidad de que figuras como Valentín Paniagua, Francisco Sagasti o Manuel Merino también reclamen el beneficio, en un país donde la confianza en sus líderes sigue severamente deteriorada.