El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a dos entidades financieras por establecer límites de edad injustificados en la oferta de créditos, una práctica considerada discriminatoria que vulnera los derechos de los consumidores. La medida, confirmada en segunda y última instancia administrativa, busca frenar restricciones arbitrarias en el acceso a productos financieros en el país.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor informó que la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna fue multada con 8 UIT por condicionar el acceso a su producto “Crédito multioficios” únicamente a personas desde los 20 años, sin sustento técnico. “No se acreditó una justificación razonable para excluir a consumidores menores de esa edad”, señaló la entidad.
De igual manera, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco recibió una sanción de 5 UIT por establecer que su “Crédito Personal” estaba dirigido solo a personas entre 18 y 63 años, dejando fuera a adultos mayores sin respaldo objetivo. Según Indecopi, este tipo de restricciones desincentiva el acceso al sistema financiero y vulnera principios de igualdad en el mercado.
El organismo recordó que, conforme al Código de Protección y Defensa del Consumidor, las entidades financieras no pueden fijar límites de edad como requisito para otorgar créditos sin una justificación objetiva y razonable. “La evaluación del riesgo crediticio debe basarse en criterios como la capacidad de pago, y no en condiciones personales como la edad”, precisó la institución en su pronunciamiento.